lunes, 5 de enero de 2015

Sanción a France Telecom por falta de información del servicio de roaming






La Agencia Catalana de Consumo ha sancionado a France Telecom España, SA, con 45.000 euros y sanción accesoria de publicidad en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña.

Suponemos que se ha calificado de infracción grave, aunque no se explicita en la publicidad de la resolución.

Las sanciones se imponen por entender que France Telecom España ha incumplido la normativa relativa a la información al consumidor en la prestación del servicio de itinerancia internacional (roaming), en particular por:
  1. No informar de este servicio en tablet ni en teléfono móvil Smartphone.
  2. No informar de las tarifas aplicables en el servicio de datos en caso de utilizar un ordenador, una tablet o un teléfono móvil Smartphone.
  3. No informar en caso de un teléfono móvil Smartphone ni en una tablet del límite financiero de datos llegado al 80%, el volumen máximo establecido por defecto o aquél que haya sido contratado por el usuario.
  4. No informar en el servicio de datos en el caso del teléfono móvil Smartphone y la tablet llegado al límite expresado en volumen o al límite financiero establecido por defecto de aproximadamente 50 euros (sin IVA).
  5. Tampoco se informa en estos dispositivos (móvil y tablet) si se corta la sesión de datos llegado a los límites establecidos y de los mecanismos para seguir conectado.
  6. No ofrecer herramientas eficaces de control de gasto de datos en los servicios para ordenador, teléfono móvil (Smartphone) y mesilla gráfica.