martes, 30 de septiembre de 2014

Servicios Gatuitos o Gratuitos? Sanción a Vodafone







En el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya del día de hoy, se hace pública la sanción impuesta a Vodafone España, SAU por entender la Agencia Catalana de Consumo que, la empresa ha realizado publicidad que induce o puede inducir a error, engaño o confusión a los consumidores.

El organismo considera que la palabra "GATUITOS" en la publicidad de la empresa, supone un acto de engaño desleal, al entender que el mensaje principal se puede confundir con la palabra "GRATUITO", dando a entender que se pudiera tratarse de un servicio gratuito, cuando no lo es.

Esta publicidad le ha supuesto a Vodafone la imposición de varias sanciones económicas, por un importe total de 25.000 euros así como la sanción accesoria de publicidad de la misma.

A la vista de la publicidad, si no fuese una empresa tan potente, parecería que el equipo comercial y marketing que ha desarrollado las tarifas y publicidad no está bien asesorado.

Como probablemente no sea éste el caso, puesto que la empresa cuenta con recursos internos suficientes, el asunto nos parece, fuera de cualquier consideración jurídica, grosero. Entendiendo perfectamente las posiciones de los equipos comerciales, creativos publicitarios y necesidad de comercialización de la empresa, en ocasiones, nos podemos encontrar con áreas grises, pero no generar situaciones de confusión tan claras.

Los prestadores de servicios básicos tienen, según el Código de Consumo de Catalunya, especiales obligaciones para con sus clientes. La multa probablemente sea pequeña dado el posicionamiento y volumen de ventas de la compañía y, hasta la fecha, prácticas similares, cuando han sido sancionadas, fácilmente compensen al operador.

Ahora bien, vistas las resoluciones judiciales de los últimos años con relación a las prácticas de las entidades financieras y, volviendo al refranero español, cuando las barbas de tu vecino veas pelar ....

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